La LNFS impugna ante el CSD la modificaci贸n del Reglamento de la RFEF por anticonstitucional

29 abril 2022 | Por lorenzo | Categoria: F煤tbol, F煤tbol Sala

 

Tras arrebatar a los clubes la comercializaci贸n de los derechos audiovisuales ahora se vulnera el derecho constitucional de los Clubes a la libre asociaci贸n.

28/04/2022.-聽La Liga Nacional de F煤tbol Sala ha impugnado ante el CSD la modificaci贸n del Reglamento General de la RFEF, que fue aprobado en la Comisi贸n Delegada de su Asamblea General el pasado lunes 25 de abril, ya que considera que vulneran el derecho constitucional de los Clubes a la libre asociaci贸n, derecho fundamental consagrado en el art. 22 de la Constituci贸n Espa帽ola, y el art. 87 del Estatuto de los Trabajadores. Una nueva falta de respeto m谩s de la RFEF hacia los Clubes no profesionales, tras arrebatarles por Real Decreto Ley 15/2021 la comercializaci贸n de los derechos audiovisuales.

La LNFS, firme en su defensa del modelo asociativo, califica estas modificaciones como unilaterales, arbitrarias y carentes de toda justificaci贸n, manifiestamente contrarias al Ordenamiento jur铆dico, en la medida en que suponen injerencias inadmisibles en los derechos de los propios Clubes, adem谩s de extralimitaciones de las facultades encomendadas a la RFEF en virtud de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Espa帽olas.

Este nuevo apartado, incluido en el art. 22 del Reglamento General de la RFEF, supone una infracci贸n del derecho constitucional a la libre asociaci贸n de los Clubes, ya que la RFEF se autoerige en representante exclusivo de los Clubes que participan en competiciones no profesiones, imponi茅ndoles, sin posibilidad de elecci贸n propia, su reconocimiento como representante en exclusiva y exigiendo, como requisito previo a la firma de convenios colectivos, un informe de naturaleza preceptiva, cercen谩ndoles la absoluta libertad para actuar en su propio nombre y en defensa de sus intereses.

En segundo lugar, infringe la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte y el Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, de Federaciones Deportivas Espa帽olas, ya que la RFEF se autoerige en representante en exclusiva de los Clubes afiliados, participantes en competiciones no profesionales, en la defensa de los intereses colectivos de estos.

La extralimitaci贸n de las funciones que la RFEF tiene encomendadas y la vulneraci贸n de las leyes antes mencionadas son evidentes, ya que se arroga la condici贸n de representante exclusivo y excluyente de los Clubes, cercenando a estos su libre capacidad de elecci贸n y dejando patente la requerida condici贸n de imparcialidad.

En tercer lugar, y en un nuevo desprop贸sito planteado por la RFEF, llega a erigirse tambi茅n como representante en exclusiva en la defensa de los intereses colectivos de los Clubes en negociaciones colectivas, sin tener ninguna legitimidad para ello, infringiendo el art. 7 de la Constituci贸n, que reconoce solo a los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales, la defensa y promoci贸n de los intereses econ贸micos y sociales.

Es obvio que la RFEF no es una empresa, ni tiene legitimaci贸n para intervenir en nombre y representaci贸n de los Clubes en ninguna comisi贸n negociadora al no estar legitimada constitucional ni legalmente para ello, vulnerando el derecho a la negociaci贸n colectiva de los Clubes, interfiriendo tambi茅n en la libertad de empresa de estos.

En definitiva, y mediante un acto unilateral e impuesto de obligado cumplimiento, la RFEF, una vez m谩s, desprecia e infravalora a los Clubes dejando reducida su condici贸n a meros entes y objetos recaudadores, que solo tienen obligaciones y les secciona cualquier decisi贸n o disposici贸n al respecto de la defensa de sus propios derechos e intereses.

聽LNFS

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