CONDICIONES GENERALES ABONADO CLUB VOLEY PALMA TEMPORADA 2020-2021

19 octubre 2020 | Por lorenzo | Categoria: Polideportivo

Los señores espectadores deben guardar su entrada o abono en todo momento y mostrarlo a requerimiento de la autoridad
(empleados del Club Voley Palma, seguridad y policía). En caso de no disponer del él, podrá ser expulsado del recinto.
2. El abono o abonos recibidos son personales e intransferibles siendo su uso y disfrute exclusivamente del titular del mismo. El
personal del club o cualquiera de sus colaboradores podrá en cualquier momento solicitar al portador del abono un documento
oficial que lo identifique.
3. En ningún caso el abono podrá cederse o facilitará el acceso al estadio a un tercero distinto del titular.
4. En caso de ser detectado en el recinto deportivo un uso fraudulento del abono, se sancionará tanto al abonado titular como al
beneficiario en su caso con la inmediata retirada del carnet, procediéndose a la expulsión del estadio de ambos y a la notificación
al Club de la irregularidad cometida.
5. Podrá requerirse identificación del portador de una entrada o abono que haya sido adquirido a precio reducido por razón de
edad (Entrada/abono joven).
6. El abonado titular se responsabiliza del correcto uso del abono por parte del menor o menores a su cargo para el acceso al
estadio y del cumplimiento del resto de normas contenidas en el presente documento.
7. El abono proporciona al beneficiario el derecho a asistir a todos los partidos que el Club Voley Palma juegue como local en la
competición de Superliga Masculina de Voleibol temporada 2020/2021 en su fase regular, y participación en los Play Off de la
Liga.
8. El abono de temporada proporcionará al abonado el derecho a la entrada al Palau Municipal d’Esports Son Moix hasta la hora
fijada para el comienzo del partido. Después de este momento, la entrada estará limitada según aforo. Los accesos al pabellón
estarán restringidos transcurridos 45 minutos desde la fecha de comienzo del partido.
9. Por razones de seguridad, en el momento de acceder al recinto, los asistentes pueden ser registrados no permitiéndose, en
ningún caso, la entrada de objetos que puedan ser considerados peligrosos o que estén prohibidos por la normativa de prevención
de la violencia en espectáculos deportivos.
10. No se permite el acceso al estadio con objetos voluminosos que pudieran constituir un obstáculo en caso de evacuación (RD
2816/1982, artículo 59).
11. Queda prohibido el acceso al portador de una entrada que se encuentre incurso en alguna de las causas establecidas en la
normativa para la prevención de la violencia en el deporte, como son los siguientes: a) Participar en altercados, riñas, peleas o
desórdenes públicos. b) Introducir, portar o utilizar cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos
efectos, como elementos punzantes, cortantes, o de peso superior a 500 gramos/mililitros susceptibles de utilizarse como
proyectiles, tales como alimentos en recipientes rígidos, bebidas embotelladas o sus envases. c) Introducir o estar en posesión de
bengalas, petardos, explosivos o, en general, productos inflamables, fumíferos o corrosivos y dispositivos pirotécnicos. d)
Encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes o sustancias análogas. e)
Introducir o vender cualquier clase de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes, psicotrópicas, estimulantes o análogas. f)
Introducir, exhibir o elaborar pancartas, banderas, símbolos u otras señales con mensajes que inciten a la violencia o al terrorismo
en cuya virtud una persona o grupo de ellas sea amenazada, insultada o vejada por razón de su origen racial o étnico, religión o
convicciones, discapacidad, edad, sexo u orientación sexual. g) Realizar cánticos, expresiones, sonidos o actitudes que inciten a
la violencia o al terrorismo, o que pretendan vejar a una persona o grupo de ellas por razón de su raza o etnia, discapacidad,
religión, convicciones, sexo u orientación sexual. h) Irrumpir en el terreno de juego durante el desarrollo de la actividad o sin
previa autorización del personal del club. i) Haber sido sancionado con la prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo en
tanto no
se haya extinguido la sanción.
12. El club podrá negar el acceso o expulsar del recinto al portador de la entrada/abono en caso de incumplimiento de las
presentes condiciones, o bien por desatender las indicaciones efectuadas por el personal de la organización o de seguridad del
recinto. La denegación del acceso o expulsión también se podrán llevar a cabo en el caso de que, racionalmente, pueda preverse
que su permanencia en el recinto suponga una situación de riesgo o peligro para el propio portador o para los otros asistentes al
evento, responsabilizándose personalmente al portador, en todos los casos, por sus propias acciones y omisiones, o las de
menores a su cargo, cuando éstas provoquen lesiones a terceros o daños en materiales.
13. El asistente deberá ocupar la zona que el organizador delimite en cada momento y no otra, debiendo permanecer en las zonas
destinadas para el público, no estando permitido el acceso a las zonas destinadas a otros fines.
14. Queda expresamente prohibido que el espectador ocupe zonas que impidan una rápida evacuación del público asistente como
escaleras, rampas de acceso o puertas o salidas de emergencia.
15. El organizador, sus colaboradores o las fuerzas de seguridad, podrá determinar, con carácter previo o durante la celebración
del evento deportivo, un cambio de ubicación del público asistente por motivos de seguridad o cualquier otro motivo
debidamente justificado.
16. Las personas que deseen abandonar el recinto durante el partido tendrán permiso para hacerlo en cualquier momento siempre
por la puerta principal de acceso al pabellón, no estando permitido utilizar ninguna de las puertas de emergencia, salvo en caso de
evacuación. Se deberá advertir al personal de control de puerta de su salida, pudiendo serle requerida la entrada/abono a su vuelta
al recinto.
17. El portador de la entrada reconoce que podrá aparecer en imágenes tomadas dentro de los recintos por diferentes medios para
su posterior difusión informativa o promocional, y autoriza dicho uso.
18. Los duplicados por extravío del carnet de abonado costarán 3 € el primero y 10 € los siguientes que se soliciten dentro de la
misma temporada.
19. La emisión de un nuevo carné de abonado invalida automáticamente la tarjeta anterior, no pudiendo existir dos tarjetas de
acceso válidas con la misma numeración.
20. El socio que presente denuncia por robo, y entre los objetos sustraídos se encuentre el carnet de abonado, quedará eximido de
abonar el importe del duplicado.
21. PRECIO DE LOS ABONOS Y VENTAJAS ADICIONALES Los precios de los abonos para la temporada 2019/2020 son
los siguientes:
ABONO GENERAL Adultos 50 €
ABONO INFANTIL, JUBILADOS Y DISCAPACITADOS. 30 € (INFANTIL de 2 a 16 años)
ABONO FAMILIAR 75 € ( TODOS LOS COMPNENTES DEL LIBRO DE FAMILIA)
23.-. PRECIOS ENTRADAS LIGA REGULAR
Entrada general 10 €, PLAY OFF 15 EUROS

 

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