El derecho del futbolista menor de edad por encima de contratos: «El caso Baena crea jurisprudencia»

7 marzo 2013 | Por lorenzo | Categoria:

El Tribunal Supremo ha causado jurisprudencia con el caso Raúl Baena acerca de los contratos entre menores y clubes de fútbol profesional. Las consencuencias de esta sentencia del pasado mes de enero, perteneciente a la sala Primera de lo Civil del TS, liberó a Raúl Baena de pagar 3,5 millones de euros en concepto de indeminzación al FC Barcelona, club en el que se había formado. Finalmente, el ahora jugador del RCD Espanyol, sólo abonará 30.000 euros en concepto de costes de formación.
Acerca de cómo pueden interpretarse este tipo de contratos entre clubes de fútbol profesional, tutores legales de un jugador y el mismo menor, estuvo conferenciando Javier Orduña, magistrado de la sala protagonista de la sentencia que declaró «nulo» el contrato firmado por este jugador y el Barça.

Los clubes de fútbol caminan por una delgada línea en este sentido con los jóvenes jugadores. Cada año, el número de movimientos y contratos que se realizan con los canteranos son motivo de titulares y disputas entre empresas, pero en este caso la jurisprudencia ha marcado un hito en favor de la voluntad de estos pequeños jugadores.
Según explicó ayer Orduña en la charla ofrecida por la Universidad Cardenal Herrera CEU, la situación de Baena era la de una triple relación contractual con el FC Barcelona: un precontrato de trabajo, un contrato no profesional del jugador y un contrato profesional como futbolista. Pese a esa triple vinculación, según Orduña «el menor tiene derecho a decidir su futuro por encima de una vinculación profesional. El derecho del menor constituye un elemento integrante del libre desarrollo de su personalidad«, aseveró Orduña.
 
ORDUÑA ALERTA A LOS CLUBES PARA QUE REVISEN SUS CONTRATOS
El juez instó a que los clubes revisen los protocolos de contratación con el caso Baena: «sería deseable que todos los clubes adecuaran los contratos ya realizados a lo que exige la sentencia». Según la sentencia, tal y como explica Orduña, «este tipo de contratos vulneran el interés superior del menor. Esa es la razón de fondo». Este extremo que recoge la sentencia en favor de Raúl Baena y que ayer fue puesta de manifiesto por el magistrado en los ciclos Tribuna CEU de la Universidad Cardenal Herrera CEU, producen una «nulidad de la penal prevista en dicho precontrato».La doctrina pasa a ser aplicable a casos similares con menores de 16 años sin conformidad por lo expuesto en los contratos, según ha generado este criterio jurisprudencial.
ANALISIS DEL EXPERTO Javier Rodríguez Ten en IUSPORT : La Sentencia del Tribunal Supremo en el caso «Baena», que sigue el parecer de alguna otra resolución jurisprudencial menor, ha establecido en loable defensa del interés de los menores de edad que los contratos firmados por éstos, incluso con la autorización de sus padres, son susceptibles de ser anulados. LEER MAS
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